Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ejercerse con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el articulo 39 de la Ley N* 27972 establece que las Gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y, conforme a las competencias atribuidas a la Gerencia de Administración de la Municipalidad Provincial de Puno, corresponde a este órgano emitir el acto administrativo que resuelva la solicitud materia de la presente Resolución.